El reglamento de tránsito de Colombia establece que es obligatorio el uso del cinturón de seguridad para todos los ocupantes del vehículo, con el fin de contribuir a la seguridad vial para cada uno de los conductores y pasajeros del país.
Esta norma está vigente desde la expedición de la Ley 769 de 2002, también conocida como el Código Nacional de Tránsito. Cabe destacar que, fue promulgada el 6 de agosto de 2002 y se reforzó con la Resolución 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte.
El artículo 82 del Código Nacional de Tránsito establece que:
- “El conductor del vehículo automotor será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes, cuando no porte el cinturón de seguridad o no lo haga usar a los ocupantes del vehículo, de acuerdo con las disposiciones de este Código.”
La multa por no usar el cinturón de seguridad en el asiento trasero es de categoría C, lo que equivale a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, por lo que la multa sería aproximadamente de 580.000 pesos.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que el cinturón de seguridad es una de las medidas de seguridad vial más importantes que existen, de hecho, se estima que su uso reduce en un 50% el riesgo de muerte en caso de accidente y disminuye la gravedad de las lesiones en caso de una colisión; y el uso del cinturón de seguridad por parte de los ocupantes de asientos traseros reduce el riesgo de lesiones mortales en un 25%.
Se estima que el uso generalizado del cinturón de seguridad podría salvar más de 100.000 vidas cada año en todo el mundo.
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