Suspensión de Licencias por reincidencia: Todo lo que debes saber


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La regulación de infracciones de tránsito juega un papel crucial en mantener el orden en las vías. En este sentido, la Agencia Nacional de Seguridad Vial emitió la Circular 407 como una medida para combatir la reincidencia en infracciones de tránsito y garantizar que los conductores cumplan con las normas.

Esta Circular establece las normas y procedimientos relacionados con la suspensión de licencias de conducción por reincidencia en infracciones de tránsito.

Según la medida, los conductores que acumulen un número determinado de infracciones dentro de un período específico pueden enfrentarse a la suspensión de su licencia de conducción y establece un umbral de infracciones que, al ser superado, conlleva una revisión y posible sanción que puede incluir la suspensión temporal o definitiva del permiso de conducir.

La Circular 407 del Código de Tránsito de Colombia establece que la suspensión de la licencia de conducción puede ocurrir bajo ciertas circunstancias relacionadas con la acumulación de comparendos. Según esta normativa, la suspensión de la licencia se puede imponer cuando un conductor acumula:

  1. Tres (3) comparendos en menos de un año por infracciones de tránsito que sean consideradas graves o muy graves.
  2. Más de cinco (5) comparendos en un período de 2 años, independientemente de la gravedad de las infracciones.

La Circular también ofrece un mecanismo de apelación para aquellos que deseen impugnar la sanción. Es fundamental que los conductores estén al tanto de estos procedimientos para garantizar que sus derechos sean respetados.

Respeta siempre los límites de velocidad, las señales de tránsito y las normas de circulación. Evitar infracciones es la forma más directa de prevenir la suspensión de tu licencia. Y si tienes algún comparendo pendiente, agenda ya con nosotros para que puedas acceder a los descuentos de ley según los plazos establecidos: